Los legisladores están igual que borregos, y se dejan guiar por “la moda” y la oleada de populismo vacío que reclama la reivindicación del lugar público por parte de aquellos que siempre han sido discriminados. Salvo los mismos de siempre, los que han esperado más de 500 años su revaloración, los indígenas, pero bueno, no son rentables para los políticos. Pero eso es harina de otro costal.
La intención correcta, con las peores formas, sin medios intelectuales de por medio; con precisión quirúrgica, la Asamblea Legislativa del DF ha logrado una pifia grotesca, al establecer el tipo penal de feminicidio, publicado en la Gaceta del Distrito Federal, este 26 de julio de 2011.
“Artículo 148 Bis. Comete el delito de feminicidio quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer.
Existen razones de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:
I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida;
III. Existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
IV. El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público; o
V. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.
A quien cometa feminicidio se le impondrán de veinte a cincuenta años de prisión.
Si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y se acredita cualquiera de los supuestos establecidos en las fracciones anteriores, se impondrán de treinta a sesenta años de prisión.”
Bastará este ejemplo para notar lo imbécil de la reforma, y lo vacío que son sus pretensiones de igualdad, porque para reformar al país se necesita poner los medios, y uno de esos medios es educarse y aprender a hacer leyes (no es el único medio, pero para un legislador sí es el medio primigenio).
Digamos que un patrón discute de forma airada con su trabajador afuera del sitio de trabajo; lo toma por las solapas y lo estrella de forma brutal contra la pared, lo que causa su muerte, lo deja ahí tirado en la vía pública, y escapa. No hubo arma, ni una notoria superioridad física del patrón. Recibirá pues de 8 a 20 años de cárcel (artículo 123 del Código Penal para el Distrito Federal).
Digamos un patrón discute de forma airada con su trabajadora afuera del sitio de trabajo; la toma de la blusa, la estrella de forma brutal contra la pared, lo que causa su muerte; la deja ahí tirada en la vía pública y escapa. No hubo arma, y digamos era una mujer robusta y un patrón bastante enclenque, por lo que no había notoria superioridad física. Recibirá pues de 30 a 60 años de prisión.
Entonces, en el Distrito Federal, la vida de una mujer es un bien jurídico tutelado con más valor que la vida de un hombre. Y en esto ya no hay vuelta de hoja.
“Habrá razones de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo”. Y así, el digamos violar a un hombre y matarlo se castigará con menos cárcel que el violar y matar a una mujer.
Habrá violencia de género si se infligen “lesiones infamantes” (¿cuáles son? ¿Y existen sus contrarias? Es decir, ¿existen lesiones que causen honra?), degradantes (entonces se evita si se hacen lesiones que enaltezcan, que es lo contrario) o mutilaciones (si en una riña entre mujeres, una de un machetazo le corta un brazo a la otra y muere desangrada, ¿por qué demonios eso fue un homicidio por haber sido mujer? Pero lo será, según la ley).
“Previas o posteriores a la privación de la vida”. Entonces, si se mata a un hombre, sin agravantes, y ya muerto se le corta un dedo, se comete, además de homicidio, profanación de cadáver, que lleva una pena de 1 a 5 años de prisión. Pero si se mata a una mujer, sin agravantes, y ya muerta se le corta un dedo, de pronto es un acto horroroso en contra de la feminidad, y estará enfrentando una pena mucho más elevada. Esta reforma parece haber sido realizada por desquiciados. Las incoherencias resaltan de forma escandalosa; un deseo de sacralizar en lo absurdo a la madre que a los legisladores les queda ausente…
La tercera hipótesis (“Existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima”) funciona de forma similar; si un hombre amenazó con matar a otro, y luego lo hace, llevará la sanción de las amenazas, más la sanción del homicidio con la calificativa de premeditado. Pero si se mata a una mujer, otra vez, habrá mayor penalidad.
La cuarta hipótesis, “El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público”, hace de la practicidad (que hasta en la mente criminal impera) una afrenta contra el seno que nos vio nacer; como el estrangulador de Tacubaya, Gregorio Cárdenas, más valdría que el criminal que asesina a una mujer, no escape y la deje tirada en la vía pública; mejor que se la lleve y la entierre en su casa, debajo de sus margaritas y jazmines, para que quede constancia que la mató por ser persona, no por ser mujer. Es absurda esta hipótesis; si la aplicamos al género masculino, podemos afirmar entonces que las cabezas cortadas, los cadáveres colgantes y demás bellaquerías de los narcotraficantes, son en realidad crímenes de odio contra el género masculino…
La última hipótesis, sobre la incomunicación, pues es lo mismo; ¿de dónde se saca que eso de inmediato es odio al sexo femenino? ¿Por qué se castiga con menos severidad si el incomunicado fuera hombre?
Sirva este análisis para prepararnos a los oportunistas legisladores de otras entidades, que seguro saldrán con sus propios bodrios legislativos y crearán sus “feminicidios”. Y nos asusta ver el futuro de la dogmática penal mexicana, en la cual hay de seres humanos a seres humanos, y la muerte de los hombres no es tan lamentable como la de las mujeres. Claro, después habrá que abundar: ¿es lo mismo matar a una mujer bonita que a una fea? ¿Y qué tal una gorda o una flaca? ¿Y una lesbiana o una heterosexual? El paso ya se dio: ya hay de vidas humanas, a vidas humanas.
En la imagen: Hombre y mujer, de Fernando Botero.
y casualmente el dia de hoy (o sea a los pocos dias de aprobarse esta ley)se publicó en los medios de comunicacion (tv azteca)que detuvieron a un hombre que denunció la muerte de su novia y despues de investigarlo resulta que es el feminicida mas buscado, a otro perro con ese hueso, estan buscando chivos expiatorios para decir que la actual administracion nada tiene que ver con las muertas de juarez.