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domingo, 19 de septiembre de 2010

Legalización de la subcontratación.

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Resumimos un interesante análisis de Gustavo Leal, publicado en la Jornada, sobre el afán del sector patronal de restar derechos a la clase trabajadora.
Para enero de 2009, fuertes presiones patronales habían conseguido frenar en el Senado las reformas aprobadas por los diputados para regular la subcontratación de trabajadores de abril de 2008. Las modificaciones a la Ley del Seguro Social que obligaban a las empresas a ser responsables solidarias hacia los empleados que les prestan servicios por medio de contratistas quedaron congeladas desde el 30 de julio de 2008.

Las comisiones senatoriales se reunieron con el Consejo Coordinador Empresarial, cámaras industriales, representantes de maquiladoras y de trasnacionales que operan en México, donde expresaron rechazo absoluto a la minuta proveniente de San Lázaro, que buscaba impedir que con la subcontratación se permitiera mantener al personal con salarios bajos, sin seguridad social ni Infonavit.

Argumentaron que ella acarrearía complicaciones, restaría competitividad a las firmas y las llevaría a la quiebra. Amenazaron con interponer amparos. Previamente, la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin) había enviado una carta a los coordinadores de PAN, PRI y PRD donde solicitaba detener permanentemente la minuta.

En abril de 2009 el entonces director de recaudación e incorporación del IMSS reconoció que contaban con 100 mil registros patronales con adeudos por el no pago de sus cuotas obrero-patronales, lo que representaba la octava parte del total.

Finalmente, el 23 de abril de 2009 se votaron las modificaciones a la Ley del Seguro Social para regular a las empresas subcontratadoras de personal y poner candados que eviten la evasión de las obligaciones patronales ante el instituto. El diputado Flores Sandoval reiteró que la legislación no pretendía acabar con las empresas de terciarización, sino una regulación más eficiente. Al dictamen final, el senador panista Guillermo Anaya le amputó la palabra responsable solidario u obligado solidario, pues la corresponsabilidad ya se prevé en la Ley del Seguro Social, así como las sanciones.

La propuesta inicial contemplaba también que tanto el patrón beneficiario como el empleador directo presentaran información mensual sobre los trabajadores contratados bajo el esquema, mientras el proyecto final estableció que la información fuera presentada por la subcontratadora, de manera trimestral y vía electrónica. Para Flores Sandoval, las modificaciones de Anaya le quitaban dientes al IMSS para sancionar a las empresas que incurran en prácticas que precarizan el empleo.

Así, siguiendo a la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano, la responsabilidad solidaria de las empresas beneficiadas de los servicios de outsourcing solamente se aplicará en caso de que las prestadoras de servicios incumplan con sus obligaciones de seguridad social. Ellas serán entonces responsables de cubrir el pago de las cuotas obrero-patronales en caso de que la firma prestadora de servicios no lo haga. Además, las firmas reportarán trimestralmente al IMSS el número de trabajadores que laboran bajo la modalidad, en lugar de la notificación mensual que proponía la iniciativa original.


Enlace:

[] Noticia: La ley del IMSS para el outsourcing.
Imagen: Humildes empresarios, en defensa de su dinero.

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