Información de Proceso.
Un cambio importante para defender los derechos de los trabajadores mineros fue suprimido de forma "extraña" en el dictamen de la reforma laboral que fue enviado a la Cámara de Senadores. El artículo cambiado prevía prohibir el trabajo en los llamados "pocitos" de carbón.
Fue el artículo 343-A de la Ley Federal del Trabajo (LFT) el modificado ya que sin razón alguna se suprimió el párrafo dos que establece:
“Queda prohibido el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes, en este caso, la extracción de carbón deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados. Asimismo queda prohibido el trabajo en minas conocidas como cuevas o pozos carboneros, entendiéndose por esto los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras, no contando con las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo a la normatividad vigente, para proteger la vida de los trabajadores”.
Hasta el momento no se ha dicho nada más sobre el asunto, por lo que parece ser que no fue simplemente un error fortuito por parte de los diputados.