El Secretario del Trabajo expresó el día de ayer que: " En aras de agilizar los procesos y adecuarse al avance tecnológico, la reforma propone igualmente desahogar pruebas por medios electrónicos y recibir como válidas grabaciones de audio y video, correos electrónicos y cotejar documentos vía internet."
Esto, es posiblemente un avance con respecto a las normas que rigen el ofrecimiento de dichas pruebas actualmente, las cuales son escasas y dejan mucho margen de interpretación a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que son los órganos formados por representantes de los trabajadores, de los patrones y el gobierno para resolver los conflictos laborales.
Aunque un análisis más detallado de estas modificaciones dejan claro que resultan insuficientes. Hablaremos en esta ocasión sobre las firmas digitales.
En la sección novena de la iniciativa se habla de los "Elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia". Comienza con un glosario de términos como "documento electrónico" , "firma electrónica" y "certificado digital". Catálogo que resulta completamente inútil ya que todos esos conceptos no vuelven aparecer en la ley, salvo el de medio electrónico y el de documento digital. Es decir, tratan de explicar algo que no está normado y eso, de inicio, no tiene mucho sentido.
Luego se explica la forma de su desahogo. Los peritos deben determinar si la información contenida se encuentra integra y no ha sido alterada desde el momento en que fue enviada y recibida por el destinatario, pero no se habla sobre la determinación de la autenticidad del documento. Es decir, demostrar mediante la misma prueba pericial que efectivamente a la persona que se le atribuye la elaboración del medio electrónico le corresponde. Ahí encontramos un primer problema.
Supongamos que la parte patronal entrega por correo electrónico un contrato de trabajo en el que constan las condiciones de trabajo, como salario, jornada etc. El trabajador acepta dichas condiciones(por cualquier medio) y cuando comienza a trabajar, resulta que le es pagado un salario inferior al pactado. En este caso, el trabajador tiene la posibilidad de rescindir el contrato de trabajo por ese motivo y exigir la indemnización correspondiente. Y, el patrón en juicio bien podría aducir que el correo que alega el trabajador nunca fue enviado por él y que no estaba enterado de su contenido, en fin, lo desconoce por completo. Y bien, como el patrón en juicio tiene la carga de probar todo lo relativo a las condiciones de trabajo, pudiera hacer uso de pruebas testimoniales, otro correo electrónico supuestamente enviado al trabajador en donde constan las "nuevas" condiciones de trabajo o lo que sea necesario para desvirtuar el dicho del trabajador. Y al final, mediante una serie de argucias jurídicas bien podría perder el juicio la parte obrera.
Esta solución parece injusta y contraria a los principios del derecho laboral, que está hecho para igualar las relaciones desiguales entre trabajadores y patrones. En realidad, lo correcto sería obligar a la parte patronal a contar con un servicio de firma electrónica avanzada, para realizar todas las comunicaciones con sus trabajadores y en caso de no contar con él, el trabajador tendría la presunción de que los correos que aduce son del patrón efectivamente provienen de él. De tal forma, se logaría una solución más justa ya que incluso la parte patronal podría tener mayor seguridad de que no sean inventados correos que prueben en su contra.
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Alrededor de 30 trabajadores de la empresa Hi-Lex Mexicana se manifestaron contra las medidas “represoras” que la compañía tomó en su contra por el simple hecho de haber solicitado un incremento salarial, el cual no se les ha otorgado desde hace 5 años.
En punto de las 7:00 de la mañana los cerca de 30 trabajadores de la empresa ubicada en la avenida Peñuelas, colonia de San Pedrito Peñuelas en la ciudad de Querétaro, llegaron para tratar de comenzar sus actividades; sin embargo se les negó el acceso y minutos más tarde se les invitó a pasar, bajo la amenaza de que serían despedidos algunos de los inconformes, por lo que decidieron no ingresar y ahora piden se les liquide al 100 por ciento.
Ante los desacuerdos de los trabajadores, ya acudieron a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para tratar de llegar a una solución final; sin embargo, hasta el momento ha habido escasa respuesta por parte de la empresa.
“Salió hace rato el jefe de recursos humanos y dijo que no había ningún problema que podíamos pasar, pero que iban a despedir a algunos compañeros, que todavía no sabían a quienes, pero que iban a despedir a algunos de nosotros por eso decidimos no entrar porque aparte ya despidieron a una compañera, sin motivo alguno y sin liquidación”, dijo Carlos Ugalde, trabajador inconforme.
La empresa Japonesa suma otra denuncia ya que en su existir tiene diversas denuncias de trabajadoras que en su mayoria son por acoso sexual de parte del personal extranjero, y que como en muchos de sus casos se "arreglan" con una indemnización mayor a la que marca la ley sin llegar a algun tipo de tribunal quedando en silencio las decenas de casos. Otras denuncias que son bien sabidas y documentadas son las de los trabajadores pidiendo el cumplimiento de la ley federal de trabajo exigiendo la dotación de uniformes de trabajo (que hasta la fecha solo dan una camisa y gorra), otros casos son los de pagos de primas como la dominical que evadieron hasta el 2005 que un trabajador exigio el pago y que derivo en su despido, otra de las más basicas que marcan de infrahumana era la de agua potable ya que durante años rellenarón garrafones con agua de la cisterna para el personal operativo pero para las oficinas compraban garrafones.
Un caso en el que se vio involucrado el gerente de Mantenimiento Eloy Lopéz al que le dierón las gracias por haber laborado y negandole la liquidación llego a demanda ganando la reinstalación pero con promesa de pago del salario pendiente, regreso a trabajar en un ambiente hostil que derivo nuevamente a su salida está vez con un arreglo economico que no llego al 100% . Después de salir con un arreglo de amigos le ha sido imposible conseguir otro empleo ya que paso a las listas negras de personal conflictivo, el ir i venir a otras empresas una de ellas le menciono que los informes que daban de su ultimo empleo no eran muy buenos lo cual le impedia obtener el mismo. Esto le hizo mella pidiendole a su esposa que llamara pidiendo informes de el lo cual quedo en una grabación que derivo en una demanda penal encontra de la Lic Lorena García jefa de recursos humanos que al comparecer nego todo pero al escuchar sus propias palabras perdio el habla.
Muchos más otos estan ahí enterrados como el de jaquelin que por poco a la carcel va a dar, que acusada de dotar de chicas a los japoneses , no dejo pasar de vano el amargo trago y renuncio, el de laurita que con un salario de menos de 100 pesos con poca antiguedad se llevo cerca de 70 mil pesos de gratificación por guardar silencio, pieza clave en los favores sexuales para Shima y su sequito.
LA CLOACA SIGUE ABIERTA HASTA CUANDO LEGARA LA JUSTICIA.
LA SECRETARIA DE TRABAJO DE QUERETARO ACTUARA COMO SIEMPRE SIN SANCIONAR A LA EMPRESA.
LA CTM COMPLICE.
CRUZ ARAUJO SI FUERAN TUS HIJAS ESTARIAS RIENDO.
JESUS LLAMAS EL DINERO TE DEJO MAS CIEGO Y SORDO.
Esto es el Bicentenario
Esto es lo que festejamos
Victoria pa los compas