La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional otorgar fuero de guerra a soldados que cometieran delitos contra civiles bajo el argumento de que los delitos eran "contra la disciplina militar".
De acuerdo con La Jornada, el pleno de la SCJN decidió anular con un voto de 6 contra 4, el segundo párrafo, inciso a, del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que establecía que delitos de las Fuerzas Armadas contra civiles no fueran juzgados por cortes federales.
Sin embargo, para que este criterio se aplique de manera automática a nivel nacional, es necesario que la Corte conozca de cuatro asuntos más que guarden similitud para sentar jurisprudencia.
La ministra Olga Sánchez Cordero, autora del proyecto de sentencia, menciona que ”(El artículo 57) implica que personas civiles tengan que comparecer ante autoridades militares para hacer efectivos sus derechos de acceso a la impartición de justicia y reparación del daño, en directa contravención al artículo 13 de la Constitución”.
Con este fallo, la Corte confirma el amparo a favor de los familiares del indígena Nahua Bonfilio Rubio Villegas, quien fue asesinado en un retén de Huamuxtitlán, Guerrero, en 2009, para que el soldado de infantería que le disparó, pueda ser juzgado por una corte civil y no por una militar.
Igualmente, ordenó al juez militar que decline la competencia para conocer el asunto y lo turne al juzgado federal correspondiente para que se le siga proceso al soldado de infantería.
Desde 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) declaró que el fuero militar iba en contra de la Constitución mexicana debido a que la víctima en el caso de Rosendo Radilla, desaparecido a manos de militares, era civil, por lo cual el procedimiento en ese caso tenía que desarrollarse en ese ámbito.
Igualmente, ordenó al juez militar que decline la competencia para conocer el asunto y lo turne al juzgado federal correspondiente para que se le siga proceso al soldado de infantería.
Desde 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) declaró que el fuero militar iba en contra de la Constitución mexicana debido a que la víctima en el caso de Rosendo Radilla, desaparecido a manos de militares, era civil, por lo cual el procedimiento en ese caso tenía que desarrollarse en ese ámbito.
Con información de Milenio y La Jornada