Una resolución que abre paso a la décima época de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual supone la protección ampliada de los derechos fundamentales. No solo los que se encuentren en el texto constitucional podrán ser reclamados, sino también aquellos convenidos por el estado mexicano en un tratado internacional.
Con fundamento en distintos pactos de la ONU y convenciones mundiales en las que ha participado México, así como en la resolución de la Suprema Corte que en junio pasado pusieron tales convenios al mismo nivel de la Constitución, siempre que se trate de derechos fundamentales, José Leovigildo Martínez Hidalgo, juez segundo de distrito en materia de amparo, con sede en Morelos, resolvió en su sentencia 1967/2010-V que “este tribunal no duda en reconocer la existencia del derecho humano al agua potable y a un adecuado saneamiento”, para luego conceder el cobijo de la justicia federal a una habitante de dicha entidad, a la que el municipio de Xochitepec le negó oficialmente el servicio.
Enlace: [] Noticia: