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lunes, 8 de junio de 2009

Reforman Ley de expropiación.

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Bajo las nuevas disposiciones, se respetará el derecho de audiencia previo a la emisión del decreto expropiatorio salvo las siguientes excepciones: en obras de infraestructura, satisfacción de necesidades colectivas, cuando haya guerra se utilicen medios para la defensa nacional o medidas necesarias para la destrucción de elementos naturales.

En esos casos procederá de manera directa que el Ejecutivo federal, en un solo acto, emita la declaratoria de utilidad pública, decrete la expropiación y ordene la ejecución inmediata de la ocupación temporal, limitación del dominio o expropiación.


Ya no será posible interponer juicio de nulidad, ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, respecto a la declaratoria de expropiación, ahora sólo se podrá interponer un recurso administrativo ante la Secretaría de Gobernación. Esta medida no es favorable para los ciudadanos ya que será la propia autoridad que emita la declaratoria la que decida su validez, además de que no admitirá recurso alguno.

Enlace:

[] Noticia: Publican modificaciones a ley de expropiación.

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