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miércoles, 16 de junio de 2010

Los 20 libros del Doctor Carbonell

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El 6 de junio de 2010, el doctor Carbonell publicó  en su blog una lista con veinte libros esenciales para cualquier  abogado. Es una lista importante para dirigir nuestras lecturas. Empero,  no podemos dejar de pensar en el maestro Mora Bravo.

El demoledor maestro Miguel Ángel Mora Bravo,  también tiene su lista de "libros que todo abogado tiene que haber  leído", expuesta en su cátedra hace ya algunos años. Él atendió al marco  epistemológico que debe regir al criterio del jurista, para que,  entonces sí, pueda lanzarse y entender los libros de los autores más  recientes (libros que bien pueden ser los 20 señalados por Carbonell).

El maestro Mora señaló La Politeia de  Platón; las tres éticas de Aristóteles con particular relevancia del que  parece ser el texto madre, la Ética a Nicómaco; La Política también  de Aristóteles y los Diálogos de Platón (que  abundamos, fueron comentados por García Máynez, respecto a la teoría de  la justicia). CIerran la lista los contractualistas: el Leviatán de  Hobbes, Ensayo sobre el gobierno civil de Locke, Espíritu de las Leyes de Montesquieu y el Contrato  Social de Rousseau.

Por supuesto que las listas del Dr. Carbonell y del  maestro Mora no son limitativas. Queremos pensar en ambas como  complementarias y básicas, como ambos señalaron. Pero también queremos  llamar la atención que los libros clásicos son pilares para entender la  forma en que el occidente ha entendido los conceptos de "derecho",  "ley", "moral", y particularmente, "razón", que encuentra una disección  extensa y valiosa en los Diálogos de Platón, y que se  les puede catalogar de remedio infalible contra los altos vuelos de la  razón.

Los contractualistas a su vez son clave para  entender que el consenso social es más un fundamento hipotético, un  supuesto para el estudio social, que una realidad; hay que ser cuidadoso  con lo que por demás no existe, y se debe ubicar al dicho "consenso" en  la categoría de supuesto metodológico, sin que traspase jamás tales  límites.

Lo que sostenemos es que entender las razones  modernas requiere conocer el límite estrecho de la pequeña razón.  Conocer lo que se piensa sobre el derecho implica conocer cómo se piensa  y hasta dónde nos puede conducir el pensar. Aplicarlo a la sociedad  implica entender lo tremendamente hipotético de dicha sociedad. Las  referencias en los pies de página no bastan, porque incluso leer  los Diálogos de Platón o la Política  de Aristóteles en español rara vez basta, pero debe acometerse dicha  lectura; son un presupuesto para el análisis de la vida humana. Así tal  cual.

Como comentario constructivo, hay unos cuantos  libros (quizá dos) de la lista del doctor Carbonell que bien pudiesen  ser substituidos por el breve Post Scriptum al concepto de  Derecho de Hart, el cual por cierto fue traducido por nuestro doctor  Rolando Tamayo y Salmorán, y que por su relativa concesión respecto a  los Derechos en serio de Dworkin, no consideramos idóneo  englobarlo en El concepto de derecho de Hart, que  acertadamente se encuentra en la lista.



Blog del doctor Carbonell: http://www.miguelcarbonell.com/

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