
En la resolución del juicio sobre la nulidad de la elección de la Delegación Miguel Hidalgo,en la que resulto ganador Demetrio Sodi, se pusieron en la mesa cuestiones sobre la interpretación de la ley, si se debe dar un sentido literal a la misma, o bien entender un ordenamiento en su conjunto para resolver con mayor justicia. "El fraude a la ley, también llamado fraude de ley, consiste en seguir la letra de una o varias leyes aplicables a un caso para consumar una injusticia que resulta en una violación genérica al ordenamiento jurídico en su conjunto."
En este caso, hay que recordar que Sodi, fue entrevistado en un partido de fútbol, en el que se le preguntó que opinaba de ese deporte a lo que contestó: "cuando tenga la oportunidad de gobernar Miguel Hidalgo me voy a dedicar a promover todos los deportes, pero especialmente el futbol (...) el futbol es por mucho el deporte que hay que promover.
Para los magistrados federales, no hubo violación a la ley, ya que si bien hizo propaganda, no se probó que hubieran pagado por ella, además que no se prueba que ese acto haya influido en los electores.
Por otra parte la mayoría de los magistrados locales consideraron que " fueron millones de personas las que lo vieron y sería tonto afirmar que eso no influyó en su decisión, más si se trata de un público televidente aficionado al deporte." Miguel Covián, de la minoría basó sus argumentos en el hecho de que Sodi sólo estaba haciendo uso de su derecho de expresión y de manifestación de sus ideas
Finalizamos con las conclusiones de Arnaldo Córdova: "Hay que ver el carácter del evento: era deportivo. La ley no permite hacer propaganda en tales eventos. En todo caso, los demás candidatos carecieron de esa ventaja y, si fue una donación de alguien, tampoco está permitida. Aprovechar la ocasión para hacer propaganda en un programa no contemplado por la ley para ese efecto, no sólo era violatorio de la misma ley, sino un acto generador de injusticia."
Enlace:En este caso, hay que recordar que Sodi, fue entrevistado en un partido de fútbol, en el que se le preguntó que opinaba de ese deporte a lo que contestó: "cuando tenga la oportunidad de gobernar Miguel Hidalgo me voy a dedicar a promover todos los deportes, pero especialmente el futbol (...) el futbol es por mucho el deporte que hay que promover.
Para los magistrados federales, no hubo violación a la ley, ya que si bien hizo propaganda, no se probó que hubieran pagado por ella, además que no se prueba que ese acto haya influido en los electores.
Por otra parte la mayoría de los magistrados locales consideraron que " fueron millones de personas las que lo vieron y sería tonto afirmar que eso no influyó en su decisión, más si se trata de un público televidente aficionado al deporte." Miguel Covián, de la minoría basó sus argumentos en el hecho de que Sodi sólo estaba haciendo uso de su derecho de expresión y de manifestación de sus ideas
Finalizamos con las conclusiones de Arnaldo Córdova: "Hay que ver el carácter del evento: era deportivo. La ley no permite hacer propaganda en tales eventos. En todo caso, los demás candidatos carecieron de esa ventaja y, si fue una donación de alguien, tampoco está permitida. Aprovechar la ocasión para hacer propaganda en un programa no contemplado por la ley para ese efecto, no sólo era violatorio de la misma ley, sino un acto generador de injusticia."
[] Noticia: La ley y la justicia en los procesos electorales.