
Recientemente se han aprobado reformas en Yucatán a su constitución local, así como en su legislación civil y penal, para proteger al matrimonio y penar el aborto. Lo anterior nos da oportunidad de reflexionar sobre este tipo de determinaciones legislativas, desde la legitimidad de la decisión, la idoneidad de la decisión respecto a su contexto y la legalidad de la decisión.
Por la legitimidad de la decisión podemos entender la adecuación de la misma con la voluntad popular y su representatividad. Desde este aspecto, correspondería ubicar el sentir y la moral imperante en la sociedad yucateca para descalificar o aprobar la decisión del órgano legislativo. Si la mayor parte de la sociedad yucateca está a favor de privilegiar la protección de la familia heterosexual monogámica y de penar al aborto, el órgano legislativo simplemente lo reflejó, lo cual por cierto s su obligación.
Por la idoneidad de la decisión respecto a su contexto, podemos entender la adecuación de la misma con la otra serie de decisiones y valores. Una decisión mayoritaria podrá ser muy legítima, pero bien podría entrar en conflicto con otra serie de valores, tal como la solidaridad, la seguridad pública, la no discriminación, la no violencia, la conciliación de intereses, etcétera. Además, tiene que tasarse qué tanto esta nueva decisión fortalecerá o debilitará otras decisiones. Las decisiones legítimas deben ser coherentes con el sistema previamente establecido, porque no se puede querer un objetivo y actuar en sentido contrario al mismo.
Finalmente, la legalidad de la decisión implica su legitimidad en sentido amplio (que competa a la legislatura hacer esas modificaciones) así como la revisión de su coherencia con el sistema jurídico mexicano (idoneidad con el sistema).
Lo anterior puede ayudarnos a orientar el debate. Si se afirma por ejemplo, que esta decisión invade la esfera íntima de las personas (“es mi cuerpo”, “es mi vida”), veremos que la sociedad comúnmente justifica esta injerencia en las propiedades y personas (sobre todo en el campo familiar: las pensiones alimenticias, la suspensión y terminación judicial de la patria potestad, etc…). Por lo que respecta a su idoneidad, esta deberá ser analizada a futuro, según ayude al desarrollo social en Yucatán. Jurídicamente, por tanto, restará ver si la legislatura yucateca y la sociedad (si en efecto ese es su sentir) pueden o no legislar sobre estos aspectos, así como la coherencia del subsistema jurídico yucateco con el sistema jurídico mexicano.
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[] Noticia: Aprueban en Michoacán normas contra matrimonios homosexuales y aborto